Tecnologia, informática, redes sociales, medios, actualidad, política Otra vez Capitanich abusando de su poder

Otra vez Capitanich abusando de su poder

Filed in Política 1 comments

El gob­er­nador del Chaco miente, y como toda mentira…tiene patas cor­tas. Ayer man­i­festó en medios nacionales haber ganado un plebisc­ito cuyo resul­tado fue de “más del 50%” de los votos.

Pero al pare­cer el con­ta­dor no sabe de números, o no sabe con­tar, porque hoy en el escrutino defin­i­tivo de votos, no llegó al 50%. Es decir perdió el plebisc­ito, el pueblo ya no le cree y los que lo votaron, tienen dudas.

Pese a la der­rota que sufrió Cap­i­tanich, y al men­saje que sig­nifi­caron dichos votos, él sigue sin apren­der la lec­ción, sigue haciendo cosas fuera de la ley, otra vez con el INSSep.

Esta vez el pari­ente ben­e­fi­ci­ado, fue la prima del gob­er­nador quien había pre­sen­tado un recurso ante el INSSep, luego de que se le negara los tick­ets canasta que solic­itó, ya que eran para ben­efi­cio del per­sonal de plata y gabi­nete. Ante dicha neg­a­tiva, fue el gob­er­nador quien violando la autar­quía del Insti­tuto, dejó sin efecto la res­olu­ción a través de un decreto.

El Direc­to­rio negó los ticket a Radis porque no le cor­re­spon­den en su cal­i­dad de adscripta, ben­efi­cio que se reserva al per­sonal de planta y al de gabi­nete. Entonces inter­puso un recurso de revo­ca­to­ria con jerárquico en sub­sidio con­tra la Res­olu­ción Nº 4577/08, que le negó el ben­efi­cio solic­i­tado. Cap­i­tanich, decretó, entonces, que se deje sin efecto la misma y que se otorguen los ticket solic­i­ta­dos por Radis, avasal­lando la autar­quía del organ­ismo que se respeta a tal punto, que el Ejec­u­tivo no le ordena, por ejem­plo, acogerse a la emer­gen­cia san­i­taria por la epi­demia de gripe A, sino que lo “invita” a hac­erlo, para no col­i­sionar con su autarquía.

En los con­sideran­dos del decreto, el Gob­er­nador expuso que “par­tiendo de la premisa de que los actos admin­is­tra­tivos son, en prin­ci­pio revis­ables, es nece­sario que para que ello ocurra con­fluyan deter­mi­na­dos req­ui­si­tos: la ini­ciación del expe­di­ente for­mal remiso­rio tiene lugar medi­ante decisión del órgano que dictó el acto o de otro supe­rior, con­te­niendo pro­nun­ci­amiento sobre su invalidez y even­tual inefi­ca­cia del acto admin­is­tra­tivo (Ley Nacional de Pro­ced­imien­tos Administrativos)”.

Cap­i­tanich con­sid­era que “a prima facie, la Res­olu­ción Nº 5911/08, sería legí­tima, reg­u­lar, vál­ida y dic­tada con­forme a las nor­mas jurídi­cas vigentes”, teniendo en cuenta que la Ley Nº 1140 establece que “la admin­is­tración no podrá revo­car sus propias res­olu­ciones noti­fi­cadas a los intere­sa­dos y que den lugar a la acción con­tencioso admin­is­tra­tiva cuando el acto sea for­mal­mente per­fecto y no adolezca de vicios que lo hagan anu­la­ble”. De todos modos, adujo que “a enten­der de la Asesoría Gen­eral de Gob­ierno, la misma adole­cería de un grave vicio que radi­caría en la errónea inter­pretación que se hace de los con­cep­tos y fun­da­men­tos expuestos en los recur­sos incoa­dos, lo que la tornaría anu­la­ble, por ende, se pro­cede a estu­diar no sólo su legit­im­i­dad, sino tam­bién el fondo de la cuestión planteada”.

Respecto de la autar­quía, expone en los con­sideran­dos: “Que la com­pe­ten­cia de los órganos de la admin­is­tración pública se deter­mina por la Con­sti­tu­ción Provin­cial, las leyes orgáni­cas admin­is­tra­ti­vas y los reglamen­tos que dicte el Poder Ejec­u­tivo, por lo tanto, al señor Gob­er­nador de la Provin­cia se le atribuye el carác­ter de jefe supremo de la Admin­is­tración y la potes­tad reglamen­taria que facilita el cumplim­iento y apli­cación de leyes de la provin­cia” y cita el artículo 141 de la Con­sti­tu­ción de la Provin­cia. “La Asesoría Gen­eral de Gob­ierno asiste y depende direc­ta­mente del Gob­er­nador de la Provin­cia, de con­formi­dad con el artículo 1 de la Ley Nº 2661, encon­trán­dose fac­ul­tada para inter­venir en todos aque­l­los actos admin­is­tra­tivos, aunque fueran dic­ta­dos por un organ­ismo autárquico en que exista un pre­sunto vicio que nuli­fique dicho acto”.

El Gob­er­nador, cita, además, a autores como Hugo Alsina, Piero Cala­man­drei, Brower Carías, Allan Ran­dolph, Mar­in­hoff y Anto­nio Puchetti, de cuyas citas deduce que el Recurso “es conc­re­ta­mente un medio de defensa de los dere­chos del indi­viduo antes las autori­dades públicas”.

El Gob­er­nador argu­mentó que sus fac­ul­tades “para mod­i­ficar el acto del infe­rior (en este caso el Direc­to­rio del Insssep), exis­ten sólo en tanto y en cuanto haga lugar a lo peti­cionado por la intere­sada; sería nulo, por lo tanto, el acto del infe­rior jerárquico que pre­tendiera resolverlo en cuanto al fondo del recurso jerárquico, rec­hazán­dolo”. “El fun­da­mento de este prin­ci­pio reside en que la fac­ul­tad del fun­cionario supe­rior (Gob­er­nador) para revo­car el acto del infe­rior o inter­me­dio (Insssep), deriva del con­trol de legit­im­i­dad que tiene sobre los actos del infe­rior o inter­me­dio, este cri­te­rio se aplica sólo en los casos en que hay relación de jer­ar­quía entre el fun­cionario supe­rior y el autor del ato impug­nado, de lo con­trario, tal con­trol de legit­im­i­dad no existe”.

Por todo lo expuesto, debe hac­erse lugar al Recurso Jerárquico inter­puesto en sub­sidio por la agente Angelina Radis, deján­dose sin efecto la Res­olu­ción Nº 5911/08, emanada del Direc­to­rio del Insti­tuto de Seguri­dad Social, Seguros y Préstamos”.

Al pare­cer el gob­er­nador desconoce la ley de pro­ced­imiento admin­stra­tivo, asi como tam­bién desconoce como se gob­ierna legalmente.

Reblog this post [with Zemanta]


{lang: ‘es-419′}
If you enjoyed this post, make sure you sub­scribe to my RSS feed!
Share

Ran­dom Posts

  • Paleta para diseñadores
  • Hallan bebé extraterrestre en México
  • YouTube presentó su versión en español
  • Jorja Fox graba su despedida de CSI
  • Coleccion de botones para tu blog
  • Let’s learn Philosophy un sitio dedicado a la Filosofia
Posted by admin   @   3 julio 2009 1 comments

Share This Post

RSS Digg Twitter StumbleUpon Delicious Technorati

1 Comments

Comments
jul 5, 2009
9:28 pm
#1 Anonymous :

El y su mujer son una basura. La muerte es poco para estos hijos de puta

Leave a Comment

Previous Post
«
Next Post
»
Redion designed by The Ultimate Insurance Guide  |  In conjunction with SEO Services   |   Free Wordpress Themes   |   Navsari India