Tecnologia, informática, redes sociales, medios, actualidad, política La ley de medios audiovisuales viola la constitucion

La ley de medios audiovisuales porqué es inconstitucional?

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La ley de medios audio­vi­suales,san­cionada hace unos meses en Argentina, recibió por parte del Poder Judi­cial sen­ten­cias que pro­hiben su apli­cación, por con­sid­er­erla vio­la­to­ria de la Con­sti­tu­ción nacional.

Desde un prin­ci­pio las opin­iones con­tra la ley no se hicieron esperar, desde la Aso­ciación de Enti­dades Peri­odís­ti­cas Argenti­nas, habían anun­ci­ado que restringía la lib­er­tad de prensa y afectaba seri­amente la seguri­dad jurídica, advir­tiendo de ésta forma la imposi­bil­i­dad de su aplicación.

Los pun­tos que con­vierten a ésta ley en incon­sti­tu­cional son:

* Afecta la lib­er­tad de expre­sión imponiendo con­tenidos a medios radi­ales y tele­vi­sivos, vul­nerando de asi la lib­er­tad de edi­to­r­ial, ama­parada por los arts. 14 y 32 de la Con­sti­tu­ción Nacional, y el art 13 de la Con­ven­ción Americana

*Lesiona el sis­tema fed­eral al estable­cer “la pro­hibi­ción de dic­tar leyes que restrin­jan la lib­er­tad de imprenta o establez­can sobre ella juris­dic­ción fed­eral”, estip­u­lado en el artículo 32 de la carta magna.

* Establece cen­sura pre­via en dos de sus artícu­los, el primero de ellos el art. 48 , al estable­cer que el acceso a licen­cias por parte de diar­ios y revis­tas, queda reser­vada al arbi­trio de la Autori­dad de Apli­cación, sin estable­cer pau­tas a seguir.
El segundo artículo es el 52, que habla sobre pro­duc­ciones audio­vi­suales que no usan espec­tro (canales de cable), para los cuales se exige reg­istro ofi­cial, además de estable­cen restric­ciones, al decir que será una por licen­ci­atario, afectando la lib­er­tad de expresión.

* El artículo 161 viola los dere­chos adquiri­dos, el prin­ci­pio de legal­i­dad, el dere­cho de propiedad, el de libre com­er­cio, el de ejercer toda indus­tria lícita, y el de expre­sión , al descono­cer licen­cias legales que hoy se encuen­tran vigentes, pre­tendiéndo desapoder­ar­las en el tér­mino de un año.

Esos son los pun­tos que deberían refor­marse, con­vir­tiéndo a la ley en una ver­dadera ley para todos, y no en una ley mor­daza para los argenti­nos, sobre todo teniendo en cuenta que anula atribu­ciones de dos poderes esen­ciales como ser el Con­greso y el Poder Judi­cial, al estable­cer que será quien juzgue la caduci­dad de las licen­cias, nada más y nada menos que el cues­tion­ado Poder Ejec­u­tivo de hoy.



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  • Siguen los embustes y la sociedad chaqueña no reacciona
Posted by admin   @   16 abril 2010 1 comments
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1 Comments

Comments
abr 17, 2010
12:29 pm
#1 Miguel :

Es indig­nante ver como sacan leyes que vul­neran la seguri­dad juridica de los argenti­nos. Exce­lente tu pos­teo, muy explicativo.

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